Licitación servicios de mantenimiento mecánico

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Documentación para la licitación del contrato de servicios de mantenimiento mecánico de la planta de BBG

  • Pliego de condiciones administrativas particulares del contrato de servicio de mantenimiento mecánico de BBG  – DESCARGA
  • Pliego de prescripciones técnicas particulares del contrato del servicio de mtto mecánico de BBG – DESCARGA
  • Anexo 1 – Instalaciones de planta donde se desarrollarán los servicios – DESCARGA
  • Anexo 2 Ficha de riesgos generales de la Planta de BBG, medidas preventivas y de emergencia – DESCARGA
  • Anexo 3 Normas de seguridad para contratistas Normas de seguridad especificas para este contrato y el plan de Emergencia de BBG – DESCARGA
  • Anexo 4 Condiciones generales de servicio uso talleres y herramientas para empresas contratistas – DESCARGA
  • Anexo 5 Condiciones generales de servicio de vestuarios para empresas contratistas – DESCARGA
  • Anexo 6 Normas de medio ambiente para contratista – DESCARGA

NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN

Una vez recibida la documentación prevista en la cláusula 9.11 del PPAP, se comunica la adjudicación del concurso de Servicio de mantenimiento mecánico de BBG 2022-2025 a MANTENIMIENTOS Y MONTAJES INDUSTRIALES, S.A. – MASA.

El proceso y la información sobre las distintas valoraciones que han motivado la adjudicación se encuentra recogida en las Actas publicadas en esta web.

 

Resultados de los Actos de la Comisión de Contratación:

  • Convocatoria 17/08/2022: Apertura y análisis de los sobres nº1 de las tres empresas licitadoras que presentan oferta. Solicitud aclaraciones para subsanación de defectos u omisiones.
  • 23/08/2022: Análisis nueva información recibida para la subsanación de defectos u omisiones
  • Convocatoria 24/08/2022 – ACTO PÚBLICO:
    • Comunicación resultado sobre nº1 (Queda excluida una de las tres empresas licitadoras a la que se le envía comunicación vía correo al no estar presente en el acto público)
    • Apertura sobre nº2
  • Convocatoria 30/08/2022 – ACTO PÚBLICO:
    • Comunicación resultado sobre nº2
    • Apertura sobre nº3

Actas de Apertura

 

  • Apertura de sobres

    Apertura de sobres Licitación

        • La asistencia voluntaria a cualquiera de los dos actos públicos puede ser presencial o vía Teams.
        • Los interesados en asistir deben enviar un correo a licitacionmantenimiento2022@bbg.es indicando si será asistencia presencial o vía Teams.
        • La contraseña de cada uno de los sobres debe ser recibida el día de su apertura antes de las 10:00h

     

    Acceso al anuncio publicado en el DOUE

    Anuncio actualizado a 02/08/2022

    Anuncio inicial aquí


Visita a planta Jueves 14 de Julio

El jueves 14 de julio a las 10:00h se realizará una visita a las instalaciones para todas las empresas que así lo requieran. Para una mejor organización, solicitamos que se envíe un correo a licitacionmantenimiento2022@bbg.es en caso de asistencia.

En caso de acudir a la visita, les recordamos que deben solicitar acceso al puerto en el siguiente enlace 

Visita a planta Jueves 28 de Julio

El jueves 28 de julio a las 10:00h se realizará una visita a las instalaciones para todas las empresas que así lo requieran. Para una mejor organización, solicitamos que se envíe un correo a licitacionmantenimiento2022@bbg.es en caso de asistencia.

En caso de acudir a la visita, les recordamos que deben solicitar acceso al puerto en el siguiente enlace

Preguntas frecuentes

La fecha límite para efectuar preguntas finaliza el 31/07/2022

PREGUNTA 1: 

Buenos días, Cómo hemos comentado por teléfono le solicito, mediante el presente correo, visita a las instalaciones para el jueves 14 de julio en lugar y hora indicada por usted. En el caso de programarse la visita en distinta fecha le agradecería nos lo comunicase. Gracias

RESPUESTA 1:

El jueves 14 de julio a las 10:00h se realizará una visita a las instalaciones para todas las empresas que así lo requieran. Para una mejor organización, solicitamos que se envíe un correo a licitacionmantenimiento2022@bbg.es en caso de asistencia.

En caso de acudir a la visita, les recordamos que deben solicitar acceso al puerto en el siguiente enlace 

PREGUNTA 2:  

Buenos días.

Al respecto de la licitación de referencia nos surge la duda de si aplica la subrogación de trabajadores según recoge el subapartado 1 del apartado f del artículo 30 del convenio colectivo de la Industria Siderometalúrgica de Bizkaia (código de convenio 48001985011981

En caso de no aplicar esta cláusula y si los trabajadores hubieran pasado por diferentes empresas a lo largo del tiempo en la prestación de este mismo servicio sería de aplicación la sucesión empresarial, por lo que los trabajadores tendrían derecho a consolidar su puesto de trabajo incluso con un cambio de contrata.

¿Es de aplicación alguno de los escenarios anteriores?

RESPUESTA 2:

Se acusa recibo de su pregunta, que se responderá tan pronto sea posible y en todo caso antes de los 6 días previos al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, según cl. 7.2 del Pliego de Condiciones Administrativas particulares del Contrato de servicio de mantenimiento mecánico de la planta de BBG.

PREGUNTA 3: 

Buenos días.

Al respecto de la licitación de referencia nos surge la duda de si aplica la subrogación de trabajadores según recoge el subapartado 1 del apartado f del artículo 30 del convenio colectivo de la Industria Siderometalúrgica de Bizkaia (código de convenio 48001985011981

En caso de no aplicar esta cláusula y si los trabajadores hubieran pasado por diferentes empresas a lo largo del tiempo en la prestación de este mismo servicio sería de aplicación la sucesión empresarial, por lo que los trabajadores tendrían derecho a consolidar su puesto de trabajo incluso con un cambio de contrata.

¿Es de aplicación alguno de los escenarios anteriores?

RESPUESTA 3: .

“Atendiendo a la pregunta número 2, como anticipamos en la respuesta inicial publicada en este perfil con fecha 11/07/2022, trasladamos a continuación una respuesta más extensa en relación con la consulta planteada sobre la aplicación del subapartado 1 del apartado f del artículo 30 del Convenio Colectivo de la Industria Siderometalúrgica de Bizkaia (código de convenio 48001985011981) (“Convenio de la Industria Siderometalúrgica de Bizkaia”).

 

Teniendo en cuenta la reciente Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, nº 327/2022, de 20 de abril de 2022 (rec. núm. 152/2022), así como el ámbito de aplicación que define el propio convenio colectivo estatal de la industria siderometalúrgica (artículo 2.3), entendemos que es razonable concluir que el Convenio de la Industria Siderometalúrgica de Bizkaia podría resultar aplicable a las empresas adjudicatarias de mantenimiento. Por tanto, resultaría en este caso aplicable la subrogación de trabajadores entre la actual contratista (prestataria del servicio de mantenimiento mecánico) y la empresa que resulte adjudicataria de la presente licitación. La subrogación se produciría en los términos del sub-apartado 1 del apartado f del artículo 30 del Convenio de la Industria Siderometalúrgica de Bizkaia.

 

Dándose el supuesto de subrogación, a la licitación y al futuro contrato le son de aplicación las disposiciones del artículo 130 de la Ley 9/2017 por remisión del artículo 43.4 del Real Decreto-Ley 3/2020. Por ello, informamos que en los próximos días será objeto de publicación en el portal de contratación de BBG (esto es, en esta web) la información prevista en el artículo 130.1 de la Ley 9/2017 sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que les pudiera afectar la subrogación y que resulte necesaria para permitir una exacta evaluación de los costes laborales que implicará tal medida. La información que será publicada se corresponderá con la indicada en el artículo 130.1 de la Ley 9/2017 y en cumplimiento de esa disposición. Sobre esta cuestión, es preciso insistir en que la información publicada será la que BBG reciba de la contratista. La información publicada tendrá carácter de complemento o aclaración del PCAP.

 

Resulta, en consecuencia, aplicable el artículo 130 de la Ley 9/2017 en toda su extensión, incluyendo su apartado 6 según el cual: “Asimismo, y sin perjuicio de la aplicación, en su caso, de lo establecido en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el pliego de cláusulas administrativas particulares siempre contemplará la obligación del contratista de responder de los salarios impagados a los trabajadores afectados por subrogación, así como de las cotizaciones a la Seguridad social devengadas, aún en el supuesto de que se resuelva el contrato y aquellos sean subrogados por el nuevo contratista, sin que en ningún caso dicha obligación corresponda a este último. En este caso, la Administración, una vez acreditada la falta de pago de los citados salarios, procederá a la retención de las cantidades debidas al contratista para garantizar el pago de los citados salarios, y a la no devolución de la garantía definitiva en tanto no se acredite el abono de éstos”.

 

Por otro lado, les informamos de que la fecha límite para la presentación de ofertas se ampliará del día 8 de agosto de 2022 al día 15 de agosto de 2022 (esto es, 7 días hábiles). La ampliación del plazo de presentación de ofertas será objeto de publicación mediante el correspondiente anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea (“DOUE”). Una vez que el anuncio en el DOUE sea publicado, se procederá a adaptar el calendario tentativo de licitación, colgado en la plataforma de contratación de BBG.”

PREGUNTA 4: 

Buenos días.

Al respecto de la licitación de referencia nos surge la duda de si aplica la subrogación de trabajadores según recoge el subapartado 1 del apartado f del artículo 30 del convenio colectivo de la Industria Siderometalúrgica de Bizkaia (código de convenio 48001985011981

 

En caso de no aplicar esta cláusula y si los trabajadores hubieran pasado por diferentes empresas a lo largo del tiempo en la prestación de este mismo servicio sería de aplicación la sucesión empresarial, por lo que los trabajadores tendrían derecho a consolidar su puesto de trabajo incluso con un cambio de contrata.

 

¿Es de aplicación alguno de los escenarios anteriores?

RESPUESTA 4:

De acuerdo con la respuesta 3 publicada en fecha 21/07/2022, se cuelga en este portal detalle con la información para la evaluación de los costes laborales de una eventual subrogación. La información publicada se corresponde con la indicada en el artículo 130.1 de la Ley 9/2017 y en cumplimiento de esa disposición. Es preciso insistir en que la información publicada es la que BBG ha recibido de la contratista. Esta información tiene carácter de complemento o aclaración del PCAP. Se procede con fecha de hoy, 28 de julio, a publicar nueva fecha límite de presentación de ofertas en el DOUE, así como a proporcionar nuevo calendario tentativo de licitación.

 

BBG está a disposición de todos los licitadores para responder cualquier cuestión adicional

PREGUNTA 5:

Buenos días.

Al ser de aplicación la subrogación del personal y puesto que uno de los apartados a valorar es la formación de los medios personales que se adscriban a la ejecución del proyecto, ¿nos podrían indicar la formación de la que dispone el actual personal en relación con la solicitada en los pliegos de condiciones?.

Un saludo.

RESPUESTA 5:

En respuesta a la pregunta número 5, aclaramos que los trabajadores a los que pudiera resultarles de aplicación la subrogación del personal no podrán ser tenidos en cuenta por los licitadores en sus ofertas. Tampoco serán tenidos en cuenta por BBG a la hora del examen y valoración de las ofertas de las empresas licitadoras. Es posible que el personal actualmente adscrito al contrato no sea finalmente subrogado o, de serlo, éste pueda cambiar (por distintas razones). No es posible, en consecuencia, facilitar la información que nos solicita, además de ser información que puede resultar sensible.

El examen del cumplimiento de los requisitos exigidos al personal y la valoración de la plantilla adscrita al Contrato se realizarán sobre la base del personal propio incluido en cada oferta de los licitadores. Por esta razón, con independencia de la posible aplicación de la subrogación del personal, las empresas licitadoras deberán incluir en sus ofertas el personal o plantilla que podrían llegar a adscribir al Contrato, en los términos establecidos en los Pliegos, a los efectos del examen y valoración de sus proposiciones. Que posteriormente este personal no sea el finalmente adscrito por el licitador seleccionado, por operar la subrogación o por cualquier otra causa, es una eventualidad que tiene que ver con la ejecución del Contrato y que BBG aceptará al confirmar la idoneidad del personal finalmente adscrito.

PREGUNTA 6:

Buenos días,

En relación con la Licitación servicios de mantenimiento mecánico necesitaríamos que nos aclarasen las siguientes dudas:

      • ¿Hay que subrogar al personal que actualmente está realizando el servicio?. En caso afirmativo, facilítennos las condiciones salariales de dicho personal.
      • ¿Hay que sustituir el personal del equipo habitual en periodos vacacionales?

Gracias

RESPUESTA 6:

En relación a la pregunta sobre la subrogación, ha sido contestada en la “RESPUESTA 3” y “RESPUESTA 4”.

En cuanto a la sustitución del personal en periodos vacacionales, es cuestión del plan de mantenimiento que planteen. No obstante, le comento que es una planta que está en funcionamiento los 365 días del año.

PREGUNTA 7:

Buenos días.

¿Existe un histórico del número de horas/año asimilables al concepto de prolongación de jornada y retén?.

¿Esta tipología de horas incluye únicamente el alargue de la jornada o también la asistencia fuera de jornada con desplazamiento por parte del trabajador?.

RESPUESTA 7: 

La prolongación de jornada se da en casos muy puntuales, no disponemos de histórico. El retén actual es con personal de BBG pero se solicita condiciones por si se da el caso de que nosotros no pudiéramos atenderlo y se requiriera la cobertura por parte de la contrata de mantenimiento mecánico.

La asistencia fuera de jornada con desplazamiento por parte del trabajador es el concepto de retén en caso de que sea requerido.

PREGUNTA 8: 

Buenos días,

En relación con la Licitación servicios de mantenimiento mecánico necesitaríamos que nos aclarasen las siguientes dudas:

      • Hay que incluir dentro del precio del servicio un retén de guardia? En caso afirmativo, ¿cuántas personas habría que tener de retén?

Gracias

RESPUESTA 8:

El retén actual es con personal de BBG pero se solicita condiciones por si se da el caso de que nosotros no pudiéramos atenderlo y se requiriera la cobertura por parte de la contrata de mantenimiento mecánico.

PREGUNTA 9: